Arriendo de Bodegas con Oficinas en Santiago de Chile, son propiedades de la empresa
Requerimientos para arrendar
Se necesita información de potencial arrendatario, RUT, razón social, últimos balances y carpeta tributaria SII
Términos del contrato
Vigencia del contrato. Los contratos se realizan por medio de escritura publica y firmado ante notario, el plazo de arriendo es parte integrante al igual que clausulas tanto valores de renta como procedimiento para entrega de unidad al final de contrato, también incluye periodo de aviso para finiquitar contratos renovables automáticamente.
Renta de arrendamiento. La renta mensual de arrendamiento es considerada en Unidades de Fomento mas el impuesto al valor agregado (IVA), se menciona plazo de pago y numero de cuenta corriente y Banco para su pago por medio de transferencia bancaria
Restitución de los bienes arrendados. Al término del contrato de arriendo, se obliga a restituir los inmuebles objeto del presente contrato a la Arrendadora, sin necesidad de requerimiento alguno, obligándose desde luego la Arrendataria a hacerlo en la forma y fecha convenida. La falta de restitución oportuna por parte de la Arrendataria de los inmuebles objeto de este contrato al término del mismo, la hará incurrir en una multa diaria en favor de la Arrendadora, por la ocupación indebida de los bienes arrendados según conttrato, La multa anterior es sin perjuicio y adicional a la obligación de la Arrendataria de pagar totalmente la renta de arrendamiento hasta el día en que proceda a efectuar la restitución de los inmuebles.
Responsabilidades del arrendatario
Estado de los bienes arrendados. La Arrendataria declara conocer el estado actual y material de los inmuebles objeto del presente contrato de arrendamiento, que corresponde a un buen estado de mantenimiento, funcionamiento y conservación, obligándose a restituirlos en las mismas condiciones al término del arrendamiento, habida consideración de su uso y goce legítimos. La Arrendataria asumirá a su cargo las reparaciones locativas de cualquier índole que fueran necesarias efectuar en los inmuebles arrendados, cualquiera sea su causa o naturaleza. La Arrendataria se obliga a mantener en buen estado de funcionamiento todos los bienes, artefactos e instalaciones situados dentro de los bienes arrendados, reparándolos o cambiándolos por su cuenta y a su costo. Queda prohibido a la Arrendataria ejecutar construcciones, transformaciones y modificaciones en los inmuebles objeto del presente contrato, sin la previa autorización de la Arrendadora otorgada por escrito. Toda mejora que la Arrendataria efectúe en los inmuebles arrendados, que exista al término del contrato y que no pueda separarse de los mismos sin detrimento, pasará a formar parte integrante de los inmuebles, de modo tal que no podrá ser rescatada, ni será indemnizada.
Las normas relativas al uso de los módulos y estacionamientos, los derechos y obligaciones de sus arrendatarios, ocupantes y usuarios, están contenidos en el Reglamento de Copropiedad del señalado complejo, en adelante el “Reglamento”, La Arrendataria declara conocer y aceptar, y que para todos los efectos legales, se considera formar parte integrante del presente contrato. Las normas vigentes del mencionado Reglamento, así como sus potenciales modificaciones, son obligatorias para la Arrendataria. SEGUNDO: Arrendamiento. Por el presente instrumento, INMOBILIARIA E INVERSIONES GENOA S.A., debidamente representada como se indicó, da y entrega en arrendamiento a para quien recibe en ese carácter su representante compareciente, solamente la bodega de dicho módulo y los estacionamientos singularizados en la cláusula anterior. Los inmuebles arrendados sólo podrán destinarse a almacenamiento.
Prohibición de subarrendamiento y cesión. La Arrendataria no podrá subarrendar, ni ceder el uso de los inmuebles a cualquier título, ni ceder los derechos que para ella emanan del contrato de arriendo, sin el previo consentimiento de la Arrendadora, otorgado por escrito
Responsabilidades de la empresa
Pago de prestación de servicios. La Arrendataria estará obligada a pagar la prestación de servicios, los consumos de energía eléctrica, agua, teléfono, gas, basuras y cualquier otro gasto o consumo a que se encuentren afectos dichos bienes, excluido el pago de las contribuciones, debiendo acreditarlo a la Arrendadora cada vez que ésta lo solicite y a entregarle materialmente, cuando se lo requiera, los comprobantes y certificados que acrediten los pagos. Al momento de restituir los inmuebles, la Arrendataria se obliga a exhibirle a la Arrendadora o a quien la represente los recibos que acrediten el pago hasta el último día en que ocupó los inmuebles, de la prestación de servicios, de los consumos y demás servicios referidos. Se deja constancia que el módulo C-Cinco se encuentra sujeto a la tarifa eléctrica BT3 en Enel Distribución, cuestión que la Arrendataria declara conocer y aceptar.
Adicionalmente se entrega el módulo libre de todo remanente o saldo anterior. De esta forma, si por cualquier circunstancia, el consumo eléctrico de la Arrendataria genera un remanente o saldo cuyo pago se deba efectuar en el futuro, la Arrendataria se obliga desde ya a pagarlo íntegramente al término de este contrato. Para estos efectos, la Arrendataria deberá acreditar el pago de dichos saldos o remanentes o acreditar la inexistencia de deuda por dichos conceptos, entregando los documentos que acrediten dichas circunstancias.
Pagos
Mora en el pago de la renta. En caso de mora o simple retardo en el pago de la renta de arrendamiento o de cualquiera otra obligación de dinero que la Arrendataria adeude a la Arrendadora, se devengarán intereses sobre las cantidades adeudadas, iguales al máximo que la ley permita estipular hasta el día del pago efectivo de la o las obligaciones insolutas. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que la Arrendataria se retardare más de diez días corridos en el pago de la renta mensual del contrato, facultará a la Arrendadora para poner término al contrato de arrendamiento en conformidad a la ley
Seguros y responsabilidades
La propiedades arrendadas se encuentran con seguros contra incendio y sismo, sin embargo, el aseguramiento de contenido y elementos del arrendatario serán cargo de este ultimo.
Resolución de conflictos legales
Domicilio y competencia. Para todos los efectos establecidos en el presente contrato, las partes constituyen domicilio especial en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la competencia de sus tribunales ordinarios de justicia.
Cambios al contrato
Domicilio y competencia. Para todos los efectos establecidos en el presente contrato, las partes constituyen domicilio especial en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la competencia de sus tribunales ordinarios de justicia.
Nos reservamos el derecho ha hacer modificaciones a los términos presentes en esta página.